Portada » Otras materias » Estructura y Gestión del Sistema Sanitario Público de Andalucía (SAS)
La organización y gestión de la Sanidad corresponde a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, la cual está presidida por el Consejero de Salud. Esta Consejería posee Delegaciones en cada una de las ocho provincias andaluzas, que son presididas a su vez por un Delegado Territorial de Salud.
La Administración sanitaria andaluza se reserva las siguientes competencias:
Las prestaciones sanitarias son llevadas a cabo por un Servicio de Salud propio: el Servicio Andaluz de Salud (SAS).
El Sistema Sanitario Público de Andalucía se organiza en demarcaciones territoriales denominadas Áreas de Salud, las cuales se delimitarán atendiendo a factores geográficos, socioeconómicos, demográficos, laborales, epidemiológicos, culturales, ambientales, de vías y medios de comunicación homogéneos, así como de instalaciones sanitarias existentes y teniendo en cuenta la ordenación territorial establecida por la Junta de Andalucía.
El territorio andaluz se halla dividido en 8 Áreas de Salud (una por provincia). Sin embargo, la ordenación funcional de la sanidad en Andalucía posee características diferenciales respecto al resto del Estado, ya que cada Área de Salud está integrada administrativa y funcionalmente por unidades menores de tres tipos:
En Andalucía, cada Área de Salud se encuentra subdividida en estructuras intermedias entre el Área de Salud y la Zona Básica de Salud, denominadas Distritos de Atención Primaria (Distritos Sanitarios).
Los Distritos de Atención Primaria son:
Con el fin de organizar la APS, cada Distrito Sanitario está integrado por varias Zonas Básicas de Salud (Gráfico 1). La Zona Básica de Salud es el marco territorial para la prestación de la atención primaria de salud, de acceso directo de la población, en la que se proporciona una asistencia sanitaria básica e integral. Los profesionales adscritos a una Zona Básica de Salud desarrollan su actividad profesional en los centros de atención primaria (centros de salud y consultorios locales/auxiliares).
Aunque los Distritos Sanitarios gestionan la asistencia en APS, dicha asistencia es prestada por las distintas Zonas Básicas de Salud, en su ámbito de influencia. En resumen:
Los Distritos de Atención Primaria presentan la siguiente ESTRUCTURA ORGÁNICA (Decreto 197/2007, de 3 de julio):
Además, existen órganos de asesoramiento, como la Comisión de Dirección y Comisiones Técnicas.
La Estructura Funcional de los Distritos de Atención Primaria está constituida por:
La provincia de Granada se halla dividida en 4 Distritos de Atención Primaria: Granada Sur, Metropolitano de Granada, Granada Nordeste y Granada.
La Ley General de Sanidad y la Ley de Salud de Andalucía indican que la asistencia sanitaria especializada está integrada dentro del Área de Salud. Sin embargo, en Andalucía la organización funcional de la asistencia difiere respecto a otras CC.AA. La Ley 8/1986 del S.A.S. consideró al ÁREA HOSPITALARIA como la demarcación geográfica encargada de la gestión y administración de la asistencia sanitaria especializada en Andalucía. Cada Área Hospitalaria del S.A.S. deberá contar con un hospital y centros periféricos de especialidades adscritos al mismo.
Los hospitales pueden clasificarse desde distintos puntos de vista: según el tipo de asistencia que prestan, según el tipo de pacientes que asisten, según el territorio geográfico que abarcan, según su dependencia patrimonial (públicos y privados), etc. Distinguimos 4 tipos de hospitales:
Los hospitales tienen una estructura de dirección, administración y gestión, común a los centros periféricos de especialidades adscritos. En los hospitales del S.A.S se distinguen dos tipos de ÓRGANOS DE DIRECCIÓN:
Todos los Hospitales del S.A.S. contarán con:
La Dirección Médica se estructura en Servicios Clínicos, cuyo máximo responsable es el Jefe de Servicio correspondiente (los Servicios se agrupan en Unidades). La estructura interna incluye:
La Dirección de Enfermería se estructura en Bloques de Enfermería, con un Jefe de Bloque, del que dependen los diferentes Supervisores de área o servicio. La estructura interna incluye:
Las ÁREAS DE GESTIÓN SANITARIA se encargan de gestionar las prestaciones, tanto de la atención primaria como de la atención especializada, en su territorio de influencia. Por tanto, el Área de Gestión Sanitaria debe contar con Centros de Salud y un hospital de referencia para prestar la atención especializada.
Son entidades dependientes de la Junta de Andalucía, adscritas y que dependen presupuestariamente de la Consejería de Salud, y que, por tanto, están integradas en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.
Se consideran Instituciones sanitarias privadas aquellas que no se financian con cuotas de la Seguridad Social u otros fondos públicos. Sin embargo, la Administración sanitaria suele establecer conciertos económicos con algunas Instituciones privadas.
El acceso a la sanidad privada puede llevarse a cabo de dos formas:
Ejemplos de entidades aseguradoras privadas son: ASISA, ADESLAS, DKV, SANITAS, MAPFRE, etc. Estas entidades cuentan con un cuadro de profesionales sanitarios (médicos generales y especialistas, odontólogos, DUE, etc.) y centros hospitalarios a los que el asegurado puede acudir según su libre elección. Estas entidades atienden a pacientes particulares que contratan voluntariamente un seguro de asistencia (aunque tengan cobertura del Sistema Sanitario Público).
Los funcionarios de la Administración del Estado y de las CC.AA., Fuerzas Armadas y Justicia tienen un régimen especial de Seguridad Social, por medio de Mutualidades obligatorias que gestionan sus prestaciones sociales, incluida la sanidad. Estas mutualidades son:
Dichas mutualidades establecen anualmente conciertos con entidades aseguradoras privadas y con el Sistema Nacional de Salud (SNS). Para recibir asistencia sanitaria, el mutualista puede optar entre:
Las Mutuas son asociaciones de empresarios autorizadas por el Ministerio de Trabajo, que colaboran con la Seguridad Social en la gestión de:
La financiación de las Mutuas se realiza mediante cuotas de empresarios y trabajadores autónomos, asociados de forma voluntaria.
La Ley 14/1986, Ley General de Sanidad, en su capítulo IV, título III, establece que cada Comunidad Autónoma deberá elaborar un Plan de Salud donde se recojan todas las acciones legales a realizar con el fin de cumplir los objetivos propuestos por sus Servicios de Salud.
En 2013 se aprueba el IV Plan Andaluz de Salud, estrategia de la Junta para el periodo 2013-2020, que pretende conseguir que sus objetivos se alcancen en todos los municipios andaluces. Su eje central es reducir la desigualdad y facilitar que las personas vivan más años y con más calidad y autonomía.
(Cálculo basado en 2 vueltas por cada molécula de glucosa)
Total teórico: 38 ATP
1 mol ATP equivale a 7 kcal.
16/2 = 8 Acetil-CoA. Número de vueltas de β-oxidación: 8 – 1 = 7 vueltas.
Total: 131 ATP (Nota: Se resta la inversión inicial de 2 ATP para la activación del ácido graso).
15/2 = 7 Acetil-CoA (6 Acetil-CoA y 1 Propionil-CoA). Número de vueltas: 7 – 1 = 6 vueltas.
Total: 15 ATP
Los aminoácidos se degradan mediante tres procesos principales:
