Portada » Derecho » Fundamentos del Derecho Mercantil: Empresarios, Registro y Sociedades de Capital
La clasificación de los empresarios se realiza atendiendo a diversos criterios:
La Unión Europea (UE) distingue según la dimensión (pymes/microempresas), las cuales reciben beneficios administrativos (subvenciones, ayudas técnicas), contables (balances abreviados, planes contables específicos), tributarios (tipos reducidos, bonificaciones), acceso a financiación y procedimientos especiales de insolvencia para microempresarios.
El Registro Mercantil es un registro público destinado a la publicidad de empresarios, sociedades mercantiles y demás sujetos inscribibles, así como de determinados hechos y actos relativos a ellos.
Las sociedades capitalistas se distinguen de las personalistas esencialmente por la responsabilidad limitada de sus socios, que contrasta con la responsabilidad personal e ilimitada de los socios colectivos. Otras diferencias fundamentales son:
El capital social es la cifra fija establecida en los estatutos que representa el valor de las aportaciones de los socios. Constituye un elemento esencial de las sociedades de capital y cumple una doble función: sirve como garantía para los acreedores sociales y determina la posición jurídica y económica de los socios dentro de la sociedad.
Los principios del capital social garantizan la seguridad del tráfico mercantil:
Las diferencias entre la SA y la SL en cuanto a capital social son:
La Junta General, como órgano soberano y necesario, expresa la voluntad social a través de acuerdos adoptados por mayoría. Sus competencias esenciales incluyen la censura de la gestión social, aprobación de cuentas, aplicación de resultados, nombramiento y separación de administradores, y decisiones sobre modificaciones estructurales como fusión o disolución.
Debe ser convocada por los administradores, con plazos distintos para SA (1 mes) y SL (15 días), pudiendo los socios que representen el 5% del capital solicitar su convocatoria.
El Órgano de Administración, que puede estructurarse como administrador único, varios administradores solidarios o mancomunados, o consejo de administración, tiene el poder de representación de la sociedad y debe actuar con la diligencia de un ordenado empresario.
Los administradores responden por los daños causados por actos contrarios a la ley o los estatutos o por falta de diligencia en el desempeño de su cargo.
