Portada » Magisterio » Roles Docentes y Participación Familiar en la Gestión Educativa
La función tutorial es una parte inherente e indiscutible de la labor docente, no un mero añadido. Aunque no todos los profesores ostentan la responsabilidad administrativa de ser tutores (cuya designación recae en el director del centro), la orientación y el acompañamiento al alumnado son esenciales para todo el profesorado.
La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación (LODE), estableció dos formas de participación que siguen vigentes:
El Consejo Escolar es el máximo órgano colegiado de control y gestión de los centros educativos sostenidos con fondos públicos. En él están representados los profesores, padres y madres, el alumnado, el personal de administración y servicios, así como representantes de los Ayuntamientos, el director, el jefe de estudios y el secretario.
El número de miembros varía: en centros públicos, el número de profesores no puede ser inferior a un tercio del total de los componentes, al igual que el número de madres y padres. En centros privados sostenidos con fondos públicos, el número es menor. Las competencias del Consejo Escolar se centran en aprobar los proyectos educativos y de gestión, así como la programación anual del centro.
La segunda vía que afecta a la participación de los sectores sociales en la programación de la enseñanza se concreta en el Consejo Escolar del Estado, los Consejos Escolares autonómicos, municipales y comarcales. Cada uno de estos órganos representa a todos los sectores implicados en la educación, garantizando una visión integral.
El camino normativo que ha consolidado la participación de las familias en la educación es el siguiente:
Además, el Título V de la Ley Orgánica de Educación (LOE) se ocupa específicamente de la participación, autonomía y gobierno de los centros. Se establecen cuatro capítulos clave:
Las AMPAS (Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos) son asociaciones sin ánimo de lucro, formadas por los padres y madres del alumnado de un centro educativo no universitario. Su finalidad principal es participar e intervenir en la gestión del centro para mejorar la educación y lograr un clima de convivencia óptimo. Son entidades reivindicativas, participativas y dinamizadoras de los centros, cuya acción debe ir orientada a la mejora continua de los servicios educativos, como por ejemplo, el proyecto educativo.
La participación de los diferentes actores sociales es un instrumento fundamental para reflejar la diversidad social en el ámbito educativo. Estos derechos se fundamentan en la Constitución Española de 1978, que canaliza la intervención de padres y madres en el control y gestión de los centros educativos y en la programación de la enseñanza.
Entre los documentos legales más relevantes que reconocen este derecho, destacan: