Portada » Formación y Orientación Laboral » Marco Normativo de Seguridad y Salud Laboral en Chile: Decretos y Leyes Clave
Prevención de Riesgos: Ciencia y técnica que permite el reconocimiento, evaluación y control de los factores físicos y ambientales presentes en el lugar de trabajo.
Accidente: Acontecimiento no deseado, acto indeseado que interrumpe un proceso normal de trabajo.
Incidente: Acto que pudo haber provocado una lesión o daño.
Toda empresa con más de 25 personas deberá organizar Comités Paritarios de Higiene y Seguridad (CPHS), compuestos por representantes patronales y representantes de los trabajadores, cuyas decisiones serán obligatorias para la empresa y los trabajadores.
Si la empresa tiene faenas o sucursales en el mismo o diferentes lugares, en cada una deberá organizarse un CPHS.
El inspector del trabajo deberá decidir si corresponde o no que se constituya el CPHS.
Para ser elegido miembro de los representantes de los trabajadores se requiere:
El requisito «c» no se aplicará en los casos en que existan más del 50% de los trabajadores con menos de un año en la compañía.
Los CPHS se reunirán una vez al mes de forma ordinaria, pero podrán hacerlo de forma extraordinaria a petición conjunta de un representante de los trabajadores y uno de la empresa.
Además, deberán reunirse cada vez que en la empresa ocurra un accidente del trabajo que cause la muerte a uno o más trabajadores o cuando origine la disminución de un 40% en su capacidad de ganancia.
Las reuniones se efectuarán en horario de trabajo.
Los miembros durarán dos años, pudiendo ser reelegidos.
Dejarán el CPHS las personas que ya no pertenezcan a la compañía y cuando no asistan a dos sesiones consecutivas sin causa justificada.
El Departamento de Prevención de Riesgos es una dependencia a cargo de planificar, organizar, asesorar, ejecutar, supervisar y promover acciones permanentes para evitar accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Si la empresa tiene más de 100 trabajadores, deberá contar con un Departamento de Prevención de Riesgos.
Acciones mínimas:
Técnicos en prevención de riesgos titulados en institutos de educación superior reconocidos por el Estado.
Los Departamentos de Prevención de Riesgos estarán a cargo de un experto de cualquiera de las dos categorías, según la siguiente dotación:
(Nota: Este punto se mantiene tal cual el original, ya que no se proporciona más información para expandirlo.)
Conjunto de elementos que integran la prevención de riesgos, a fin de garantizar la protección de la salud y la seguridad de todos los trabajadores.
El sistema de SST deberá considerar, entre otros, los siguientes elementos:
Evalúa la incapacidad temporal o permanente del trabajador que haya sufrido un accidente del trabajo o enfermedad profesional.
Cotización diferenciada según el rubro de la empresa, dividida en 8 divisiones:
El peso máximo de carga será de 50 kilos; para mujeres y menores de 18 años, 20 kilos. Las mujeres embarazadas no podrán levantar carga.
El peso máximo de carga será de 25 kilos; para mujeres y menores de 18 años, 20 kilos. Las mujeres embarazadas no podrán levantar carga.